Novedades sobre el anteproyecto de ley de cambio climático y transición energética
Las pequeñas gasolineras tendrán hasta 27 meses de plazo, seis más de los que se habían planteado en un principio, para la instalación de puntos de recarga eléctrica para vehículos de una potencia de al menos de 50 kW. Esto modifica los 22 kW de potencia mínima propuestos, al tiempo que estos puntos serán obligatorios desde el primer día en las nuevas estaciones de servicio y en los nuevos edificios entre otras instalaciones. Estas son algunas de las modificaciones realizadas en el borrador de junio del anteproyecto de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética, que mantiene sus propuestas principales, pero incorpora diversas modificaciones.
Entre estas novedades se encuentra la eliminación del porcentaje mínimo de que «al menos el 20 por ciento» de los Presupuestos Generales del Estado deberán ser destinados a la lucha contra el cambio climático y lo sustituye por un porcentaje «a determinar» y que, igual que en el texto anterior, deberá ser revisado al alza en 2025.
Para calcular ese porcentaje expone que este deberá ser equivalente al acordado en el marco financiero plurianual de la Unión Europea.
Combustibles fósiles: diésel y gasolina
Respecto a la movilidad, una de las cuestiones que más controversia suscitó el proyecto normativo en su presentación, el anteproyecto mantiene el objetivo de un parque móvil sin emisiones de CO2 en 2050 y para ello mantiene la prohibición de vender vehículos diesel y gasolina a partir de 2040. Además de «invitar» a crear zonas de bajas de emisiones a los municipios de más de 50.000 habitantes, también se invitará a hacer lo propio a los territorios insulares.
Gasolineras eléctricas
Entre las principales modificaciones que recoge el nuevo texto figura la creación por parte del Gobierno de una plataforma de información sobre puntos de recarga para garantizar la existencia de estas en las zonas de mayor demanda.
El texto precisa el anterior borrador sobre las obligaciones de las gasolineras para instalar las infraestructuras de recarga que anteriormente debían tener una potencia igual o superior a 22 kW frente a los 50 kW de la nueva propuesta, más del doble. Asimismo, añade que el objetivo no es ya que la recarga sea rápida o semirrápida, sino que se ciñe a que sea «rápida».
Del mismo modo, modifica también el volumen agregado de ventas de gasolina y de gasóleo que deberán tener los titulares de estaciones de servicio en la obligación de instalar las ‘electrolineras’, ya que antes el mínimo debía ser 5 millones de litros y ahora este límite se duplica, hasta los 10 millones de litros para que las estaciones instalen estos puntos en un plazo no superior a 21 meses tras la aprobación de la ley.
En el caso de las más pequeñas, las que tienen un volumen de ventas de entre 5 y 10 millones de litros, también quedarán obligadas, aunque dispondrán de seis meses más, hasta 27 treintenas para poner en marcha estas infraestructuras.
En esta línea para lograr la movilidad libre de CO2 como tarde en 2050, ya no solo estarán obligadas las estaciones de recarga, sino que el Código Técnico de Edificación deberá fijar obligaciones relativas a la instalación de puntos de recarga en edificios nuevos y en intervenciones de edificios existentes.
Más información sobre las empresas
También el nuevo borrador de la ley recoge la creación del Comité de Cambio Climático y Transición Energética que será el encargado de evaluar y hacer recomendaciones sobre políticas y medidas de energía y cambio climático. Este comité emitirá un informe anual que se remitirá al Congreso de los Diputados para su debate.
Otra obligación más del anteproyecto afectará a las comunidades autónomas, que deberán informar a la Comisión de Coordinación de Políticas de Cambio climático de los planes de energía y clima con los que cuenten a partir del 31 de diciembre de 2021. Estos planes también deberán realizarse con «fórmulas abiertas» para garantizar la participación pública.
En ese sentido, el nuevo borrador refuerza la capacidad de participación pública, a través de diversas medidas para garantizar la participación de agentes sociales, público general y sectores interesados para lo que, entre otras medidas, se desarrollará una página de Internet específica.
Por otro lado, se modifica la disposición final cuarta, de Acceso y conexión a la red para fijar que cuando se sustituyan instalaciones de energía primaria, fósil o termonuclear por otras renovables, la concesión del total o de parte de la capacidad de acceso equivalente se deberá basar en criterios que ponderen las inversiones y los beneficios sociales debidamente acreditados y asociados a la puesta en marcha de la nueva instalación en el marco de un convenio de transición justa.
Por último, en materia de combustibles, en las disposiciones para fomentar los combustibles alternativos, además del biometano, el hidrógeno, el gas renovable, entre otros, se incluye también al biogás, que había quedado fuera en el primer borrador.
Fuente: Europa Press